Resumen preliminar.
ESTE BLOG HARÁ PÚBLICO SU CONTENIDO PROBATORIO EN EL MOMENTO LEGAL OPORTUNO, Y TRAERÁ A LA LUZ PÚBLICA UNA SORPRENDENTE VERDAD, ABSOLVIENDO ESTAS PREGUNTAS: ¿CUÁL FUE LA CAUSA REAL DE LAS MÚLTIPLES LESIONES HALLADAS EN SU ROSTRO Y LA RAZÓN POR LA CUAL SE INTERPRETARON, ERRÓNEAMENTE, COMO HOMICIDIO?
El caso Colmenares se caracteriza por dos escenarios
increíblemente desconocidos por la investigación judicial: lo que ocurrió en la
discoteca Penthouse y lo que ocurrió bajo el puente de la quince, ambos coligados por la misma dinámica.
PRÓLOGO
La pregunta que atormentó a
las familias Colmenares, Moreno, Quintero, Cárdenas, a funcionarios judiciales
y al resto del mundo, ¿quién mató a Colmenares?, ha tenido desde el principio
una solución tan obvia como increíblemente desdeñada, y es, de principio a fin,
absolutamente lógica, basada en cuidadosa observación, tecnología corriente y
sentido común.
El “caso Colmenares” llamó la
atención pública como pocos en la historia judicial del país, no porque la muerte
del estudiante ocurriera en el canal de un espacioso y bien cuidado parque
bogotano, ni porque los actores procesales perteneciesen a prestigiosas y
adineradas familias, sino porque el expediente empezó de la manera más
dramática y espectacular, esto es, en busca de un homicida salido de sus aulas
de clase.
Pero hasta febrero de 2017,
nadie esperaba seis años y cuatro meses de un agitadísimo y altamente controversial
rifirrafe judicial, cuando el expediente se fijó, por fin, en el alto nivel de
cafeína que indujo el comportamiento que llevó a la muerte, para que el juzgado
terminara lánguidamente con el rechazo total del dictamen que dio tan espectacular
inicio, olvidando, paradójicamente, responder la pregunta principal: ¿Quién
mató a Colmenares?
Mi interés en este caso surgió
el mismo día en que se publicó la noticia que se trataba de un homicidio
insinuada por el reporte de exhumación, y mi condición de especialista en
medicina forense prendió mis alarmas, porque es prohibitivo que un técnico
forense califique jurídicamente el hecho en investigación, haciendo que el
proceso empiece al revés. Y este proceso se convirtió en la locura de la que
todos los colombianos fuimos testigos.
Si hubiese empezado por el
principio, en busca, no de un homicida sino de las causas de la muerte, rápidamente
se habría dado respuesta a la pregunta principal, cerrando el caso sin el
estruendo que produjo.
Por razones estrictamente profesionales,
conocí extra juicio en enero de 2013 el contenido de la autopsia N° 004485
practicada el día 1 de noviembre de 2010, a las 2:45 p.m., en la morgue del
Instituto médico legal de la ciudad de Bogotá, y el de la exhumación N° CF
54/2011 practicada el día 3 de octubre de 2011 en el cementerio de Villanueva,
Guajira.
Mis apreciaciones técnicas surgen solamente de
allí y guardaré reserva de la persona que me entregó de buena fe las copias
electrónicas de tales documentos.
Las
imágenes, que por su naturaleza técnica han de ser vistas con el auxilio de un
experto, han de permanecer al resguardo del expediente y de todo afán diferente
al ejercicio de la verdad.
INTRODUCCIÓN
Tres
elementos probatorios cruciales de la investigación fueron increíblemente
desestimados:
àEl ahogamiento, causal directo de su muerte según
el reporte de autopsia, elemento este cuasi eliminado del proceso judicial.
àLa cafeína, productora de la crisis psicomotora que
lo llevó a su catástrofe, elemento este surgido, a medio retazos, en el último
estertor del proceso judicial ahogado en su propia ineficiencia que impidió
coligar estos dos elementos y conducir la investigación en el camino correcto.
Y si
hemos de aceptar el ingrediente parapsíquico, es al conjunto de estos dos elementos
a los que se refiere Luis Andrés en el sueño de la Sra. Oneida, “mamá, no
busques más, la prueba está en mi cuerpo”, puesto que los sintió en vida.
--> Pero, no obstante la precisión del llamado de ultratumba, el juicio se debatió prolongadísima y alocadamente en un tercer elemento totalmente ajeno a su destino, y que ni el mismísimo Luis Andrés pudo haber soñado, esto es, la verdadera causa de las lesiones de su cráneo, descritas adelante.
--> Pero, no obstante la precisión del llamado de ultratumba, el juicio se debatió prolongadísima y alocadamente en un tercer elemento totalmente ajeno a su destino, y que ni el mismísimo Luis Andrés pudo haber soñado, esto es, la verdadera causa de las lesiones de su cráneo, descritas adelante.
DE
LA DISCOTECA AL CANAL
Este caso, calificado en agonía del proceso de
“accidental” por el juzgado 11 de conocimiento de Bogotá el 20 de febrero de
2017 con base en pruebas circunstanciales y descarte total de los reportes de la
autopsia y de la exhumación, tiene dos escenarios claramente definidos, omisión
de su análisis que dio paso a la delirante discusión surrealista que duró más
de seis años ampliamente conocida por el público.
1°. Lo que ocurrió dentro de la discoteca, noche
del 30 al 31 de octubre/2010, y cuya luz se encontraba en el reporte de laboratorio.
2°. Lo que ocurrió dentro del túnel, a la
madrugada y momentos antes del su hallazgo del 31 de octubre.
Ese 20 de febrero,
misma fecha de la sentencia absolutoria del juzgado, salió a la luz pública en
“el informe científico que salvó a Laura Moreno y Jessy Quintero” del periódico
virtual Las2orillas, las cifras de laboratorio dadas por la química
farmacéutica Teresa Pérez Hernández.
Este reporte puso el punto final a este dramático proceso judicial en el juzgado 11 como "muerte accidental", sin embargo el análisis de la dinámica toxicológica que condujo a Luis Andrés a su
destino, habla de otra manera.
Muy pocos días
después de la autopsia realizada el lunes siguiente, cerca de 20 horas luego de
su hallazgo, se adjuntaría al expediente el reporte de alcoholemia, 206 mg%,
que corresponde a tercer grado de embriaguez, y cafeinemia (cafeína en sangre),
1,9 mg/ml, dato este que, sorprendentemente, cerró el caso como resultado de
“un accidente desafortunado producido por su estado de alicoramiento y la
euforia al combinarlo con bebidas cafeinadas”.
Digo sorprendentemente
porque la cifra de cafeinemia habla de una dinámica claramente criminal. Y
sorprende porque no se hizo en su momento el debido análisis toxicológico, nada
difícil, por cierto.
La cuestión a
resolver de inmediato era determinar la cantidad de cafeína presente en el
cuerpo de Luis Andrés.
Para tal efecto era
preciso un estimativo del volumen de su sangre (volemia), y dada su masa
corporal, se calcula según los textos de fisiología en aproximadamente cinco
litros, lo que arroja, en una simple regla de tres, la cantidad de 9,5 gr, una
cifra criminalmente alta, dado que la dosis letal de cafeína se ubica entre 5 a
10 gr.
Solo bastaba este
dato, presente desde la primera semana, para abrir el expediente en la
dirección correcta, cosa que nunca se hizo.
Luego de establecer
esta dosis, la pregunta que debió orientar la investigación era resolver cómo
pudo llegar tanta cafeína a su cuerpo.
Baste saber que si
un frasco comercial de bebida energizante, común en discotecas, contiene 80 mg
de cafeína (contenido aproximado de un pocillo de tinto oscuro), tal cantidad
suministrada está contenida en ciento dieciocho (118) frascos, y si
consideramos que el volumen total de líquido es del orden de poco menos de
treinta (30) litros, resulta imposible de consumir en pocas horas, o que su
intento, inverosímil, haya pasado desapercibido entre los asistentes a ese
encuentro estudiantil.
Es apenas obvio que
tal cantidad de cafeína se le administró mediante un gotero (o similar)
altamente concentrada y vertida subrepticiamente en su copa.
En el comercio existe la cafeína anhidra 100% pura (en polvo). La hay en presentación de 50 gr., y en su empaque advierte la equivalencia al contenido de cafeína de 625 frascos de RedBull. Con poco menos de 10 gr. de este polvo, lo que cabe en una bolsita de té, ingerido de una sola vez (en el trago, por ejemplo), tenemos la cifra hallada en Luis Andrés en el laboratorio.
En el comercio existe la cafeína anhidra 100% pura (en polvo). La hay en presentación de 50 gr., y en su empaque advierte la equivalencia al contenido de cafeína de 625 frascos de RedBull. Con poco menos de 10 gr. de este polvo, lo que cabe en una bolsita de té, ingerido de una sola vez (en el trago, por ejemplo), tenemos la cifra hallada en Luis Andrés en el laboratorio.
No resulta
inverosímil, entonces, este escenario nunca investigado: fue así que, durante
esta noche de Halloween de 2010, una mano criminal amparada por la penumbra depositó cierta cantidad de cafeína pura en la copa de alguno (o algunos) de los
asistentes a la fiesta universitaria convocada en la discoteca Penthouse de la
ciudad de Bogotá; pocos minutos después, Luis Andrés Colmenares Escobar, el
infortunado que ingirió el bebedizo, entra en una crisis psicomotora
insuperable que lo lanza en alocada marcha a su muerte.
DEL
CANAL AL TÚNEL
Aquella
fría y algo lluviosa madrugada, debido a la embriaguez, y particularmente por “la
súbita y corta carrera desordenada y sin rumbo”, inducida
por la cafeína, apenas consciente de sus propios pasos, Luis Andrés cae de repente
al canal del parque El virrey sobre las 3:35
AM, bordeado en ese sitio y en ese entonces, por alta hierba.
Laura,
quien lo seguía a pocos metros, lo pierde de vista unos cuatro minutos mientras, asustada por la oscuridad, regresa en
busca de sus compañeros. Cuando llegó con ellos al borde del canal, ya Luis
Andrés había desaparecido.
En
su caída, Luis Andrés sufre un primer golpe contra el ladrillo adoquinado y
bien construido del canal, de pared inclinada en ángulo de 45°. Presenta huellas
de contusión en la vertiente derecha de la nariz, lo suficientemente fuerte
como para que se aprecie allí una leve desviación de su dorso nasal hacia la
izquierda, así como una zona equimótica de 5
a 6 cm de diámetro en la región frontal izquierda, lesiones estas que,
según la autopsia, no son de tipo mortal.
Presenta,
demás, una escoriación superficial al lado derecho del reborde del mentón y una
herida de borde irregular y equimótico de 1.5
cm algo más inferior.
Es
posible alguna hemorragia nasal al caer, pero como en las pesquisas judiciales
no se encontraron huellas de sangrado en el sitio de la caída, el traumatismo debió
ser sobre el torrente del canal.
Los
datos conocidos en los medios dan cuenta de una corriente de agua de poca
profundidad. Es improbable que las aguas arrastrasen al joven, de 75 kg, en el leve declive de 115 m que separan el sitio de la caída
hasta la entrada del vox culvert (llamado así el túnel de la carrera 15),
durante los aproximadamente 4 minutos
que tardó Laura y sus amigos para regresar al borde del canal.
Sin
embargo se practicó el estudio hidrodinámico por parte del ingeniero Dr. Carlos
Herrera, donde afirma que “con el caudal que tenía el Canal El Virrey el día de
los hechos… concluyó que su cuerpo sí fue arrastrado hasta el sitio donde fue
encontrado”.
Pero
este cálculo parte de una premisa hasta ese momento hipotética, cual es que el
cuerpo estuviese acostado sobre el piso, y, según esta hipótesis, también
fallecido. Es claro que la fuerza de arrastre sobre un cuerpo es notoriamente
menor si estuviese de pie. De hecho, Laura, los bomberos y otros entraron
a las aguas que les daba los tobillos, y no fueron arrastrados por el cauce.
Pero
la ubicación del cuerpo descubierta por la brigada de rescate hacia el
anochecer habla por sí misma de otra dinámica, hasta ese momento desconocida.
SINOPSIS DE LO OCURRIDO BAJO EL PUENTE.
Se distinguen claramente tres escenarios con dinámicas criminalísticas diferentes:
a) Lo que ocurrió en Penthouse.
b) Lo que ocurrió entre este establecimiento y el canal del Virrey,
c) Lo que ocurrió dentro del canal.
El hito criminalístico del primer escenario, las cifras de laboratorio toxicológico, solo fueron tenidas en cuenta al final agónico de la sentencia que eximió de responsabilidades a Laura y Jessy, hito este suficientemente capaz de orientar la investigación en la dirección correcta. Nunca se hizo.
Los hitos criminalísticos del tercer escenario fueron adjudicados, en su totalidad, al segundo escenario, que a más de mal interpretados, dio por resultado el error pericial que condenó al fracaso esta investigación judicial.
Cerca de las 3:30 am del día siguiente de ese 30 de octubre de halloween de 2010, Luis Andrés rueda por el talud de 45º del costado sur del canal, donde sufre contusión en hemifrente izquierda y dorso nasal, cuyo eventual sangrado fue arrastrado por la corriente de pocos cm. de profundidad, nunca visto en las inspecciones judiciales.
A continuación, se incorpora para seguir su marcha alocada caño abajo.
En algún momento y debido al piso resbaladizo, cae para desplazarse en genuflexión produciendo así erosiones en sus eminencias tibiales.
El tiempo para cubrir los 115 m. entre el sitio de la caída al caño y la entrada al vox culvert, fue lo suficiente para desaparecer de la mirada de sus compañeros quienes iniciaron su búsqueda unos pocos minutos después.
A 17 metros de la entrada del vox culvert bajo la avenida quince, cae al pozo de disipación de energía del torrente y se golpea contra algún reborde en la parte baja del mentón, abriendo allí una herida de menos de 2 cm.
Consciente aun y en medio de la oscuridad, lucha por salir del torrente, tiempo durante el cual la hipotermia lo conduce inexorablemente a su sino fatal.
Logra acomodarse a la vera sur fuera de las aguas, y ya vencido por la hipotermia, en posición yacente bocabajo, con su miembro inferior izquierdo semiflexionado lateralmente y la cabeza rotada 90º hacia su izquierda, hacia las aguas, hace su última inhalación acuosa que precipita su muerte por ahogamiento, descrito en la autopsia.
Allí fuera de las aguas y en esa posición, es hallado 16 horas después por la brigada de rescate que a regañadientes inspeccionó el vox culvert a ruego de doña Oneida, ya sobre las 7 pm de ese día.
Es importante anotar que el torrente, simétrico, no turbulento ni correntoso, no habría podido, por su dinámica física, sacar el cuerpo a la vera. Es obvio que 'alguien' (el expediente trató de demostrar por largos meses esta eventualidad, sin éxito) o el mismo Luis Andrés, hizo el trabajo.
Pocos minutos antes de culminar esas 16 largas horas...
...continúa...
El dato de laboratorio lo tomé de https://www.las2orillas.co/el-informe-cientifico-que-salvo-a-laura-moreno-y-a-jessy-quintero-en-caso-colmenares/
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Quien me entregó el material sobre el cual elaboré mi teoría, fue Mario León Artunduaga, asesinado vilmente en Medellín el 22 de enero/2023. Él trabajaba para el equipo de la defensa de Laura Moreno y en algún momento se requirió la vinculación de un médico legista, por lo que Mario León sugirió mi nombre a la vez que solicitó mi opinión técnica sobre el caso, razón por la cual me entregó, en reserva, ese material, reserva, en mi opinión, ya innecesaria por su fallecimiento.
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